Acreditación
Viernes, 21 de Noviembre de 2008 15:46

La ACREDITACIÓN en términos educativos de define como un proceso para garantizar la calidad de una institución o de un programa educativo. El proceso es llevado a cabo por una agencia externa a las instituciones de educación superior. La acreditación reconoce la calidad de los programas o de la institución acreditada. Supone la evaluación respecto de estándares y criterios de calidad establecidos previamente por una agencia u organismo acreditador. El procedimiento incluye una autoevaluación de la propia institución, así como una evaluación por un equipo de expertos externos. En todos los casos es una validación temporal, por una serie de años.
En nuestro país, la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) es un organismo público argentino descentralizado, dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, encargado de la evaluación de las universidades públicas y privadas y la acreditación de sus respectivas carreras de grado y posgrado y de sus correspondientes títulos.
Las carreras de grado reguladas por el Estado, es decir, las que preparan para profesiones cuyo ejercicio puede poner en riego de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes de nuestro país, deben ser acreditadas de acuerdo a estándares fijados por el Ministerio de Educación y el Consejo de Universidades. Cuando el Estado Nacional otorga la validez nacional y el reconocimiento,  y de esa manera respalda estos títulos que otorgan las universidades, está asegurando a todos los ciudadanos que ese profesional está en condiciones de ejercer cabalmente la profesión para la que está habilitado. El objetivo de la acreditación consiste en que el Estado, en el momento de asegurar algo tan delicado, cuente con el respaldo de una evaluación de la carrera que otorga el reconocimiento del título. El Decreto Nº 499/96 (artículo 7) dispone que la acreditación constituye una condición necesaria para el reconocimiento oficial y consecuente validez nacional del título por parte del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. No obstante, las funciones de la CONEAU y las del Ministerio están claramente diferenciadas. Las atribuciones y responsabilidades de la CONEAU se limitan a la acreditación de las carreras, entendiéndose por acreditación un proceso de evaluación de la calidad académica.
Para el ejercicio de estas profesiones se requiere que el profesional haya adquirido determinados saberes y competencias, consideradas mínimas, cuya determinación se establece para cada profesión. Para asegurar esto el Ministerio de Educación, con el acuerdo del Consejo de Universidades, aprueba el carácter de interés público de la especialidad, y un conjunto de normas: la carga horaria y los contenidos mínimos, la intensidad de formación práctica requerida y las condiciones en las que debe realizarse la formación, en cuanto al cuerpo docente, al plan de estudios, al equipamiento, a la infraestructura, a los servicios con que deben contar los estudiantes.
En la autoevaluación cada comunidad académica, dando la mayor participación posible a sus claustros, debe analizar sus características y sus prácticas en orden a los contenidos mínimos y los estándares correspondientes a su especialidad. Cada comunidad académica concluye produciendo un informe de autoevaluación que es enviado a la CONEAU con una base de datos que reúne la información de cada carrera.
Una vez entregado el Informe de Autoevaluación, la CONEAU convoca los comités de pares, cuya integración fue oportunamente puesta en conocimiento de las universidades para que efectúen recusaciones si fuere el caso. Los comités de pares analizan el Informe de Autoevaluación y los datos de las carreras. Una vez que tienen un conocimiento profundo de esta información realizan una visita de dos o tres días en la que se mantienen reuniones con autoridades, docentes, alumnos y administrativos y recorren las instalaciones. Al regresar de las visitas a las carreras, todos los Comités de Pares que intervienen en la misma convocatoria se reúnen en la CONEAU para analizar los distintos casos y establecer criterios comunes en la evaluación, de manera de construir entre todos la mayor objetividad. Confeccionan, entonces, los dictámenes o informes de los Comités de Pares. La CONEAU envía estos dictámenes a las carreras y les da un plazo de treinta días hábiles para contestar los requerimientos de los pares, para plantear desacuerdos o ampliar información. Esa respuesta es analizada por los pares y con su asesoramiento la CONEAU produce la Resolución de Acreditación.
Las resoluciones de CONEAU pueden contener tres resultados. En el caso de que una carrera reúna todas las condiciones establecidas en las normas, se aprobará su acreditación por el período máximo que fija la ley, seis años. Para los casos en los que las carreras no reúnan todas las características requeridas, si se han propuesto planes de mejoramiento que permiten esperar en un plazo razonable que las deficiencias serán subsanadas, se aprueba su acreditación por un período de tres años, con compromisos de mejoramiento establecidos sobre la base de los planes que la carrera presentó. Las carreras que no cumplen con los requisitos de calidad exigidos ni han propuesto planes de mejoramiento factibles que permitan esperar en un plazo razonable que adquieran la calidad mínima exigible, recibirán una resolución de no acreditación.


¿Cuáles son las funciones de la acreditación?
-Asegura que una institución o programa mantiene unos niveles determinados de calidad.
-Ayuda a estudiantes potenciales a tener una información adecuada sobre la calidad de los programas.
-Permite identificar instituciones y programas que son mejores para invertir ayudas económicas privadas y públicas.
-Identifica las debilidades y problemas de una institución o programa que son susceptibles de ser mejorados.
-Establece un contacto eficaz entre los programas de estudio y los requisitos de una profesión, mejorando así las relaciones entre educación y mercado de trabajo.
-La acreditación cumple además la función de ser uno de los criterios fundamentales para la financiación de la institución y la ayuda a estudiantes.

La mejora o beneficio más sustancial  de una Acreditación de carrera es que la institución se organiza para conseguir mantener y mejorar los objetivos esenciales, y que los estudiantes aprendan. Tanto durante un proceso de acreditación, como después cuando se reacredita la institución, hay un cambio cualitativo de organización y gestión, especialmente en el sentido de reconocer que lo importante es tener calidad en sus procesos y resultados satisfactorios, y que la evaluación de la calidad sirve para cambiar la organización con la intención de mejorar.
Nuestra Facultad de Medicina ingresó a esta nueva cultura de evaluación institucional en el año 1994. En ese año se realizó una autoevaluación casi paralela a la evaluación externa institucional que se estaba realizando en el marco de la Universidad Nacional de Cuyo.
En 1996, la Dra. Miriam Wetzel (Harvard Medical School, USA), produjo una evaluación externa en la cual señaló la conveniencia de una reforma curricular, que se inició en el año 1997 y los Planes de estudio vigentes se han ido actualizando permanentemente en base a al seguimiento permanente del currículo y la incorporación de cambios señalados en los procesos de autoevaluación.
La CONEAU en su resolución Nº 393/ 2001, acreditó por un período de 6 años a nuestra carrera de medicina. Esto significa que la Institución satisface gran parte de los estándares de calidad en educación médica que están presentes en las mejores escuelas de medicina del mundo. En el texto de esta resolución aparece un gran paralelismo entre nuestra propia autoevaluación y la opinión de los evaluadores externos o pares que produjeron finalmente el informe de CONEAU.
En el año 2005, nuestra Facultad fue seleccionada para participar en el denominado MEXA-Mecanismo Experimental de Acreditación del MERCOSUR, mediante el cual se acreditó la Carrera de Medicina para MERCOSUR, Bolivia y Chile, mediante Resolución Nº 57/2006 de CONEAU, por seis años, hasta marzo de 2011. Se debe destacar la importancia de este proceso, ya que desde entonces, nuestros estudiantes iniciaron su movilidad en los países participantes, a través del PROGRAMA MARCA, que financia los intercambios  para estudiantes de medicina que cursan la Práctica final obligatoria (PFO).  
Nuestra Facultad de Ciencias Médicas, luego de obtener las máximas acreditaciones de la carrera de Medicina, de seis años, tanto por CONEAU en 2001 como por MEXA-MERCOSUR (Mecanismo Experimental de Acreditación para el Mercosur, Bolivia y Chile) en 2006, se enfrenta nuevamente al desafío de una nueva acreditación por CONEAU durante este año 2009.

Archivos para descargar:
Download this file (Informe Autoevaluacion.pdf)Informe Autoevaluacion.pdf[ ]711 Kb
Download this file (Coneau Resol 1314-07 Criterios acreditacion.pdf)Resolucion 1314-07 CONEAU[Resolucion 1314-07 para Criterios de acreditación]1258 Kb
 

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